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Qué puede perder Boca si se niega a jugar la final de la Copa Libertadores 

 

“El partido se ha desnaturalizado para siempre”. A partir de ese concepto, Boca, está decidido a no jugar el desquite de la final de la Copa Libertadores ante River.

“Disputar el partido en una semana o diez días después de haber vivido estas escenas de incertidumbre y barbarie implicaría una clarísima desventaja deportiva para nuestro club”, dice en uno de los párrafos de las 26 páginas de la presentación que hizo Daniel Angelicci en la Conmebol.

Por si quedaran dudas, el presidente xeneize dijo en su visita a Asunción: “No aceptamos jugar ningún partido”. Intransigente. Debido a que Boca apuesta entonces todas sus fichas a la vía legal y hasta podría recurrir al TAS en el caso de fallos desfavorables del Tribunal de Disciplina de la entidad sudamericana, el club de la Ribera se expone a duras sanciones, tanto económicas como deportivas.

El artículo 179 del reglamento de la Copa Libertadores menciona: “Si un equipo no se presenta a un partido (excepto en casos de fuerza mayor) o se niega a continuar o deja el campo antes del final del partido, se considerará que el equipo pierde el partido y como regla general será excluido de la participación de la competencia”. De esta forma, a River le bastaría solo con presentarse para una consagración campeón del máximo certamen continental.

Asimismo, los perjuicios para el club se extenderían a partir de lo que señala el artículo 180: “Además de lo anterior, el club en cuestión pagará una indemnización por cualquier daño o perjuicio realizado contra Conmebol, la Asociación anfitriona y/o otras Asociaciones Miembro participantes, y no tendrá derecho a una remuneración financiera por parte de Conmebol. La organización puede considerar futuras medidas”. De esta forma, Boca debería resarcir a los implicados por su postura y no percibiría el premio por acceder a la definición, que asciende a los 3 millones de dólares.

 

Los coletazos no solo vendrían por la descalificación en sí y por las sanciones económicas. También flotan en el aire más penas deportivas a futuro. El artículo 181 del reglamento resalta: “La Conmebol determinará el monto de los daños ocasionados o los perjuicios financieros después de considerar las circunstancias de cada caso en particular y de las pruebas disponibles”. Y agrega: “El club en cuestión puede ser descalificado en los próximos torneos organizados por la Conmebol. La Conmebol tomará futuras medidas según corresponda, como la suspensión del club en cuestión de cualquier otra competición de Conmebol o FIFA”.

 

Vía La Nación

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