Luego del escándalo que fue la última final de la Copa Libertadores entre River y Boca que terminó jugándose en Madrid, la CONMEBOL ha agregado más cosas para el control de los aficionados.
Según información lanzada por el diario argentino Olé, estarán prohibidas las banderas gigantes, el límite permitido será 1,5 metros de largo por 1 metro de ancho. Las bombas de humo también están vetadas.
Además informaron que desde 2021, todos los clubes que participen en competencias internacionales deberán tener un sistema de ventas de entradas online y que haya derecho de admisión para evitar a los violentos.
Otra cosa que hará por parte de CONMEBOL es que se exigirá a todos los clubes las numeraciones de los asientos con el fin de que los hinchas no estén parados en las tribunas.
El nuevo reglamento de seguridad de Conmebol, que se puede encontrar en el portal del máximo ente del fútbol sudamericano, aumentó de 18 a 21 los objetos que no pueden ingresar a los estadios para los partidos de Copa Libertadores y Copa Sudamerricana. Lo más saltante son las prohibiciones a las banderas.
A partir del 2019 quedan prohibidas las banderolas mayores a los 1,50 x 1 metro, además de los parantes para amarrarlas (en muchos casos tubos de pvc). Y todo esto será controlado en todos los accesos con elementos especiales. La seguridad será estricta.
También se han restrigido el ingreso de banderas para las mallas que separan las tribunas y tampoco las bombas de humo o extinguidores, elemento muy común usado por las barras en Brasil.
Además, Conmebol exige que los clubes puedan tener venta de entradas online y que estas permitan identificar a los asistentes a través de sus documentos. Otro detalle no menor es que con entradas y asientos numerados, buscan evitar (no está reglamentado) que los hinchas estén parados en las tribunas y, sobre todo, que se junten los barras.
En el Capítulo VII, Artículo 25, puntos m, n, o, p se lee: “Está prohibido el ingreso al estadio y/o manipulación antes, durante y después de los partidos, los objetos relacionados a continuación:
m) Trapos, frentes, banderas, banner o elemento similar que en tamaño y cantidad:
(i) Tapen la visual de las tribunas.
(ii) Impidan el monitoreo y control del espectáculo deportivo e
identificación de personas y sus conductas.
(iii) Obstruyan puertas de entrada, de evacuación, bocas tribunas
(Vomitorios) y salidas de emergencias entre otros.
(iv) Obstruyan elementos publicitarios”.
n) Trapos, frentes, banderas, banner o elemento similar no podrán:
(i) Ser ubicados en las separaciones laterales (Alambrados) que separan las tribunas, debiendo ellas estar libres de cualquier elemento en desarrollo del espectáculo deportivo.
(ii) Ser unidos y atados a los alambrados que separan las tribunas, para su posterior despliegue a lo largo y ancho de ellas.
(iii) Ser instalados por el lado exterior de los alambrados que separan las tribunas del campo de juego.
o) Banderas gigantes o también llamadas tapa tribunas.
p) Banderas de porte manual que superen la medida de 1.0m de ancho por 2m de largo. El EGS se encargará de instalar en las entradas de los estadios, los elementos de medición pertinentes para el respectivo control.